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Extraordinario 15 de febrero de 2008
ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTA CORPORACION EL DIA 15 DE FEBRERO DE 2.008.-
SR. ALCALDE-PRESIDENTE
D. Jorge Vázquez Mejías.
SRS. ASISTENTES
D. Alfredo Aragüete Albero. Dª. Josefa Barragán Díaz. D. Jaime Sanabria Cansado. D. Miguel A. Caballero Núñez.
Dª. Mª Josefa Benito Sánchez. D. Miguel Ángel Muñoz Caro. Dª. Mª Luz Guillén Pinillo.
D. Feliciano González Muñoz.
CONCEJALES AUSENTES
D. Demetrio Rastrollo Sánchez. D. José Megías Suero.
SECRETARIO:
D Jesús Mª Nieto Pérez.
En Santa Marta, a quince de febrero de dos mil ocho, se reúnen en el Salón de Actos del Ayuntamiento, los concejales al margen reseñados, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente Don Jorge Vázquez Mejías, asistido del Secretario de la Corporación Don Jesús Mª Nieto Pérez, al objeto de celebrar Sesión extraordinaria, para la que han sido previa y reglamentariamente convocados. Se ausentaron sin excusa Don Demetrio Rastrollo Sánchez y Don José Megías Suero.
Abierta la Sesión y declarada pública por la Presidencia a las 20 horas, una vez la existencia de quórum necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el
ORDEN DEL DÍA ============
1º.- APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ESCUELA TALLER Y PETICIÓN DE SUBVENCION. Por parte de la Alcaldía Presidencia se presentó para su consideración por el Pleno el proyecto de Escuela Taller denominado “ Proyecto Joven “, redactado hasta ultima hora y con premura de tiempo por parte de la Oficina Técnica Municipal, cuestión ésta que fue motivada por el propio Sr. Alcalde.
Ratificada su inclusión por en el orden del día por urgencia, debidamente motivada a tenor de las disposiciones del articulo 82 in fine del Real Decreto 2568/1986 de 28 de Noviembre, Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Pleno por unanimidad de los nueve concejales presentes, mayoría absoluta por tanto, y con la consideración hecha por Dª Mª Josefa Benito Sánchez en el sentido de estar de acuerdo con el fondo, pero no con la forma de cómo se había hecho, acordó lo siguiente:
.- Prestar aprobación al proyecto de Escuela Taller “ proyecto Joven “ cuyo objeto de actuación se determina en la documentación técnica adjunta al mismo.
.- Adoptar el compromiso de consignar en el presupuesto municipal cantidad suficiente como para hacer frente a la financiación de la parte del proyecto de la Escuela Taller que no esté financiada por la Junta de Extremadura y que al Ayuntamiento corresponda.
2º.- LICENCIA DE TAXI, ADJUDICACIÓN Y, EN SU CASO, CONVOCATORIA DE PLAZA VACANTE. Por parte del Secretario se dio cuenta de la terminación del expediente de adjudicación de una de las dos plazas vacantes de auto taxi en nuestra localidad, conforme a las bases debidamente aprobadas en la sesión ordinaria de pleno celebrada el día 16 de agosto de 2.007. De resultas de ello el pleno por unanimidad de los nueve concejales presentes acordó conceder a Dª Beatriz Díaz Flores, provista de DNI nº 79.260.506-E una de las dos licencias de taxi objeto de licitación. Con respecto a la otra licencia que quedaba vacante resultaba que ya fuera de plazo se había solicitado por otro industrial. De igual forma el pleno encomendó a secretaría la tramitación del oportuno expediente, acordándose que fueran exactamente las mismas bases que se aprobaron para la adjudicación de la anterior licencia, las aprobadas en sesión ordinaria de pleno de fecha 16 de agosto de 2007 las que rigieran otro nuevo proceso de licitación.
3º.- LICENCIAS DE APERTURA: PLANTA DOSIFICADORA DE HORMIGÓN. Vista, examinada y encontrada conforme el pleno por unanimidad acordó conceder la siguiente licencia de apertura:
A “ Prefabricados de Hormigón de la Cruz S.L “, para “ Planta Dosificadora de Hormigón en Masa “ en Carretera Santa Marta-Almendralejo ( Polígono 10 Parcela 108 ).
4º.- PERIODICIDAD DE SESIONES ORDINARIAS. Por parte de la Alcaldía Presidencia se sometió a consideración del Pleno la posibilidad de ampliar el plazo para la celebración de las sesiones ordinarias de Pleno del inicialmente acordado en la sesión celebrada el día 28 de junio de 2.007, hasta los tres meses que como máximo prevé el R.O.F, habida cuenta del desarrollo que últimamente habían tenido los plenos ordinarios. Por parte de Don Miguel Ángel Muñoz se manifestó que le parecía una falta total de ética y que ahora parecía que se tenía miedo a los Plenos, a lo que el Sr. Alcalde contestó diciendo que la medida que se pretendía adoptar era consecuencia clara de lo que había sido el desarrollo de los Plenos Ordinarios. Por parte de Don Feliciano González se señaló que no se pretendía ocultar absolutamente nada. Sometido a votación el hecho de que la celebración de los Plenos Ordinarios se celebren cada tres meses la propuesta fue aprobada por seis votos a favor, los del grupo municipal PSOE e IU y tres en contra, los del grupo del Partido Popular.
5º.- POLÍGONO INDUSTRIAL, GESTION PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PARCELAS, BASES DE ADJUDICACIÓN. Presentado el borrador inicial del pliego de condiciones que regiría, en su caso, la enajenación de las parcelas del Polígono Industrial, tomó la palabra Dª Mª Josefa Benito para manifestar que este punto tampoco había sido previamente informado, a lo que se le contestó que la comisión informativa correspondiente sí que se había celebrado, concretamente el pasado día 17 de febrero, comisión en la cual se había facilitado a los miembros de la misma el borrador del pliego de condiciones y revisado cuenta documentación técnica hizo falta, aun así se dio cuenta por parte de Don Feliciano González cual sería a “groso modo” la tramitación del expediente.
El pliego de condiciones que se presentaba se hacia a modo de informacion inicial de cual sería el expediente, condicionado siempre a la preceptiva autorización por la Junta de Extremadura habida cuenta del importe de las enajenaciones que conforme al presupuesto suponía, ( por encima del 25 % del mismo) y a la terminacion del expediente de reparcelacion que permitiría la determinacion de todas y cada una de las parcelas que saldrían a subasta y cuya enajenacion debía aprobar el pleno conforma a Ley.
ENAJENACIÓN MEDIANTE SUBASTA DE LOS BIENES SIGUIENTES: DESCRIPCION DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PARCELAS QUE SE SEGREGAN DE LA MATRIZ CONFORME AL PROYECTO DE REPARCELACION REDACTADO POR LA OFICINA TECNICA, APROBADO POR EL PLENO Y QUE SALDRAN A SUBASTA EN UNA PRIMERA FASE DEL POLIGONO INDUSTRIAL.
1.- Urbana, Solar sito en Santa Marta, calle *****, con número de gobierno ****, tiene una extensión superficial de **** cuadrados. Linda por su frente con ******, por la derecha entrando con parcela núm. **, propiedad de este Ayuntamiento, por la izquierda con parcela número **-** propiedad de **** y por su fondo con finca propiedad de *******. Se valora en la cantidad de ****** €.Es la parcela nº **** del plano.
2.-Urbana.- Solar sito en ..........
3.-Urbana.- Solar sito............
PRIMERO. Entidad adjudicadora. Ayuntamiento de Santa Marta.
a) Dependencia que tramita el expediente: Secretaria.
SEGUNDO. Objeto del contrato.
Descripción del objeto: Enajenación mediante subasta de los bienes descritos, y cuyas características, linderos, aprovechamientos y servidumbres se detallan en el Anexo II de este pliego.
TERCERO. Procedimiento y forma de enajenación.
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 del Real Decreto Legislativo 2/2000 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley, de Contratos de las Administraciones Públicas, se justifica como forma de adjudicación del presente contrato la SUBASTA por procedimiento abierto a fin de permitir a toda persona interesada presentar una proposición sin que sea necesaria una selección previa de posibles licitadores, y el sistema de subasta porque se pretende seleccionar al adjudicatario exclusivamente en atención a la oferta cuyo precio sea más elevado dada la naturaleza del contrato, en cumplimiento todo ello del artículo 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril y 112 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por RD 1372/1986, de 13 de Junio.
CUARTO. Tipo de oferta.
Se señala como precio de licitación al alza el de valoración de cada uno de los bienes cuya enajenación se pretende:
VALORACION DE CADA PARCELA
1.- Urbana, Solar sito en Santa Marta.... Se valora en la cantidad de **.*** €. 2.-Urbana.- Solar sito en Santa Marta..... Se valora en la cantidad de **.*** €. 3.-Urbana.- Solar sito en Santa Marta, Se valora en la cantidad de **.*** €.
QUINTO. Pago.
El 30% del precio total de adjudicación deberá ingresarse en la Tesorería municipal en el plazo maximo de un mes a contar desde la notificación de dicha adjudicación y siempre a la firma del contrato de compra venta, y el 70 % restante a la firma de las escrituras.
SEXTO. Capacidad.
Podrán presentar proposiciones, por si mismos o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan capacidad para ello en los términos previstos en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 20 de dicha Ley.
SÉPTIMO. Presentación de proposiciones.
1. Las proposiciones serán secretas y se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento en el plazo de 26 días a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio de licitación.
2. Las proposiciones serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y se titularán «Proposición para tomar parte en la subasta para la enajenación de Bienes Municipales, Parcelas del Poligono Industrial, y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otros dos sobres: el «A» titulado «Referencias» y el «B» titulado «Proposición económica».
3. Durante el plazo de presentación de proposiciones los interesados podrán examinar en las oficinas municipales los pliegos de cláusulas administrativas particulares así como el resto de documentación del expediente de contratación pudiendo solicitar cuantas aclaraciones consideren convenientes.
OCTAVO. Garantía provisional.
La garantía provisional será de del dos por ciento del precio de licitación, de cada uno de los bienes, y se constituirá en cualquiera de las formas previstas en el artículo 35.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
NOVENO. Contenido de las proposiciones.
1. La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicionada por parte del licitador de las cláusulas de este pliego.
2. Los licitadores presentarán sus proposiciones económicas en el modelo que figura como Anexo I a este pliego y se incluirán en el sobre «B» titulado «Proposición económica».
3. En el sobre «A» titulado «Referencias» se incluirá la siguiente documentación:
a) La que acredite la personalidad del licitador y la representación del firmante de la proposición, en su caso, en la forma exigida en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones. El poder que acredite la posibilidad de firmar la proposición que presente deberá estar debidamente bastanteado por el Secretario del Ayuntamiento, si es licenciado en derecho, o por cualquier letrado ejerciente en la población o en la capital de provincia. Si se trata de una persona natural deberá presentar copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional.
c) Documentos que acrediten o justifiquen la solvencia económica y financiera por alguno de los medios de acreditación contenidos en el artículo 16 del LCAP.
d) Si la persona natural o jurídica es extranjera, deberá acompañar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato con renuncia al fuero.
e) Documento acreditativo de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, en su caso.
f) Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en las prohibiciones para contratar que recoge el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
g) La capacidad, en su caso, de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea y capacidad de las restantes empresas extranjeras, habrán de acreditarse de conformidad con lo previsto en los reglamentos de desarrollo del LCAP.
4. En el sobre «B» titulado «Proposición Económica» se incluirá la oferta económica. No se tendrá por correcta ni válida aquella proposición económica que contenga cifras comparativas o expresiones ambiguas, ni aquella que se presente con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido. La cantidad que se tendrá en cuenta para la valoración será la que aparece reflejada en letra.
DÉCIMO. Examen de la documentación y propuesta de adjudicación.
1. Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación examinará la documentación presentada. La mesa estará compuesta por el Sr. Alcalde que la preside y los siguientes vocales:
?Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal, o miembro en quien delegue.
-El Arquitecto Tecnico Municipal.
- El Secretario-Interventor de la Corporación que actuará además como Secretario, calificará previamente la documentación presentada en tiempo y forma. A tal efecto se procederá a la apertura del sobre «A» Titulado «Referencias» certificándose por el Sr. Secretario la documentación que contiene.
Si la Mesa observare alguna deficiencia en la documentación presentada podrá conceder un plazo no superior a 3 días para que se subsane.
Este acto se celebrará el mismo dia que la apertura de la proposiciones economicas previamente a dicho acto.
2. La apertura del sobre «B» titulado «Proposición económica», se hará por la Mesa en acto público y tendrá lugar a las trece horas del quinto día hábil a contar al de finalización del plazo de presentación de proposiciones, si coincidiera con sábado, se trasladará al siguiente día hábil. El acto comenzará dando lectura el Sr. Secretario del anuncio de subasta, dando cuenta al Presidente de la Mesa de la resolución sobre las proposiciones admitidas y rechazadas invitando expresamente a los licitadores presentes, que así lo deseen, para examinar los sobres y la documentación del sobre «A» pudiendo formular las observaciones que estimen oportunas. Seguidamente el Presidente de la Mesa procederá a la apertura de los sobres que contienen las ofertas económicas de los licitados y propondrá al órgano de contratación que adjudique el contrato al mejor postor, es decir, a la oferta que ajustándose al Pliego de Cláusulas administrativas particulares, represente mayor ventaja económica para el Ayuntamiento.
3. Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las más ventajosas se decidirá la adjudicación entre éstas mediante sorteo.
UNDÉCIMA. Adjudicación del contrato.
El acuerdo de adjudicación deberá dictarse en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de apertura en acto público de la proposición económica. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en dicho plazo el licitador tendrá derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva o cancele la garantía que hubiese prestado. La adjudicación del contrato será notificada a todos los participantes en la licitación.
DUODÉCIMA. Garantía definitiva.
Dada la naturaleza del presente contrato se dispensa de la obligación de constituir garantía definitiva.
DECIMOTERCERA. Documento de formalización.
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, avisándose oportunamente al adjudicatario, dando fe del mismo el Secretario de la Corporación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el órgano de contratación podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado y cuando se formule oposición por el adjudicatario el informe del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. En este supuesto procederá la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Si las causas de la no formalización fueran imputables al Ayuntamiento, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato al amparo del artículo 111 d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones.
DECIMOCUARTA. Gastos exigibles al adjudicatario.
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de la preparación y formalización del contrato incluso honorarios de Notario autorizante y todo género de tributos estatales o locales.
DECIMOQUINTA. Régimen jurídico del contrato.
El presente contrato tiene carácter privado y se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación, en lo no previsto en este pliego, por la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones aprobado por el RD Legislativo 2/2000 de 16 de junio, por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y en lo que no se oponga a las normas anteriores, por las demás normas de Derecho administrativo.
Además el presente contrato está regulado por el RD 1372/1986, de 13 Junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las normas de Derecho privado, siendo competente el orden jurisdiccional civil para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes.
Se acuerda expresamente que los adjudicatarios de todas y cada una de las parcelas deberá ejecutar las obras que sean propias del destino de la misma en un maximo de DOS años a contar desde la firma de las escrituras, condición ésta que de incumplirse podrá dar logar a la revocacion de la adjudicación de la parcela.
ANEXO IMODELO DE PROPOSICIÓN
«D. ______________________________________________________, con domicilio en _________________________________________________, Municipio _______________________________, C.P. __________ y DNI n.º ________________, expedido en ___________________________ con fecha _______________________, en nombre propio (o en representación de ________________________ como acredito por ___________________) enterado de la convocatoria de subasta por procedimiento abierto, anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia, n.º______ de fecha ____________________, tomo parte en la misma comprometiéndome a abonar por el bien inmueble objeto de la enajenación, descrito al número _____, parcela núm. ______ de ______________________________ metros cuadrados, la cantidad de _______________________ (letra y número), con arreglo al Pliego de Cláusulas Administrativas que acepto incondicionada e íntegramente, sin salvedad alguna, haciendo contar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 20 LCAP».
En _____________, a __________ de __________ de 20__.
ANEXO II
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES OBJETO DE ENAJENACIÓN ( conforme al proyecto de reparcelacion ) DESCRIPCION DE TODAS LAS PARCELAS
1.- Urbana, Solar sito en Santa Marta, poligono industrial, tiene una extensión superficial de xxxxxx metros cuadrados. Linda por su frente con calle xxxxxxxxx, por la derecha entrando con parcela núm. xx, propiedad de este Ayuntamiento, por la izquierda con parcela número **** propiedad de xxxxxxxx y por su fondo con finca propiedad de xxxxxxxxxxxxx es la parcela núm. xxxx del plano. Se valora en la cantidad de xxxxxx €.
2.-Urbana.- Solar sito en Santa Marta, poligono industrisl, con número de gobierno xx, tiene una extensión superficial de xxxxxx metros cuadrados. Linda por su frente con calle xxxxxxxxxxx, por la derecha entrando con parcela núm. xx propiedad de este Ayuntamiento, por la izquierda con parcela número xxx propiedad de este Ayuntamiento, y por su fondo con finca propiedad de D. xxxxxxxxxxxx es la parcela núm. ** del plano. Se valora en la cantidad de xxxxxx €.
3.-Urbana.- Solar sito en Santa Marta, con número de gobierno xx, tiene una extensión superficial de xxxxx metros cuadrados. Linda por su frente con calle xxxxxxxxxx por la derecha entrando con parcela núm. xxxx, propiedad de D. xxxxxxx, por la izquierda con parcela número 32 propiedad de este Ayuntamiento, y por su fondo con finca propiedad de D. xxxxxxxxxxxxx, es la parcela núm. xx. 3. Se valora en la cantidad de xxxx €.
6º.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA PARA EL DESARROLLO DEL PLAN FORMATIVO “ POR LA MUJER “. Se dio cuenta por parte del Sr. Alcalde de la recepción de un borrador presentado por la Consejería de Igualdad y Empleo de la Junta de Extremadura, y mas concretamente por parte del Instituto de la Mujer, de Extremadura, en el que se contemplaba la concesión de una subvención de 6.000 Euros a nuestro Ayuntamiento con destino a determinadas actividades formativas descritas en el propio borrador. Por parte de Dª Mª Josefa Benito se señaló que este punto del orden del día no estaba informado. El Sr. Alcalde indicó que al igual que el primer punto del orden del día no había tiempo para pasarlo por la comisión informativa correspondiente y se podían perder la subvencion. Teniendo base legal para ello y conforme a las determinaciones del articulo 82- 3, in fine, del R.O.F el Sr. Alcalde sometió a votación 1º.- la ratificación de la inclusión en el orden del día del asunto sin informe de comisión, por la urgencia debidamente motivada, resultando aprobada la inclusión en el mismo por seis votos a favor, los del grupo PSOE e IU y tres en contra, los del grupo Partido Popular. 2º.- La aprobación del borrador del convenio presentado, resultando aprobado por seis votos a favor, los del grupo municipal PSOE e IU y tres abstenciones las del grupo Partido Popular.
7º.- APROBACIÓN CERTAMEN LITERARIO. Por parte de Don Miguel Caballero se expuso la idea del equipo de Gobierno en el sentido de crear un certamen literario en nuestra localidad, con vistas a dar renombre a Santa Marta. Lo que ahora se sometía a pleno no era mas que aprobar la idea a fin de poder pedir las necesarias subvenciones, ya que tanto las bases como la aprobación de la dotación económica se aprobarían en su momento. Con respecto a esto ultimo se preveía una dotación de 12.000 euros de premio y otros 6.000 euros mas para gastos de protocolo. Lo que si se tenia ya seguro era su denominación “ Fernando Tomás Pérez González “. La propuesta fue aprobada por unanimidad.
8º.- DETERMINACIONES DEL R.O.F. Como es preceptivo se dio cuenta de los asuntos en tramite, así como de las resoluciones adoptadas por la Alcaldía Presidencia ( artículos 42 y 104 y ss del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre) a efectos del control y fiscalización de los órganos de gobierno previsto en el articulo 22.2 a de la Ley 7/1985 de 2 de abril.
.- Plan especial de Diputación .- Viviendas Sociales .- Seguros de la Corporación. .- Convenio ECOEMBES .- Recogida de grasas. .- Por parte del Secretario se dio cuenta de que, por circunstancias, no se habia tratado aun por el pleno la reclamación, que no recurso, que se habia formulado a la ordenanza de la telefonia movil por parte de la empresa REDTEL, informando que, tras las gestiones realizadas con los tecnicos fiscales de la Diputacion Provincial ( de la cual se les podia facilitar copia) resultaba que el texto provisionalmente aprobado por el pleno en sesion celebrada el pasado dia veintinueve de octubre de 2.007, se ajustaba plenamente a derecho. En vista de lo expuesto el pleno desestimó la reclamación por unanimidad y aprobó definitivamente el texto de la ordenanza sin modificacion alguna, encomendando a la secretaría general la continuidad del expediente.
Y sin más asuntos que tratar se dio por terminada la sesión siendo a las 20,37 horas, todo lo cual certifico. |
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